Trabajadores de confianza al servicio del Estado con derechos parciales / Public servants regarded as personal trust workers and the partial realization of their rights
Carlos Alberto Soriano Custodio
Número 11 (julio-diciembre de 2016) | Descargar artículo en formato PDF | Ver artículo en formato HTML
Recibido: 15 de julio de 2016.
Dictaminado: 9 de octubre de 2016.
Resumen
El trabajo es un derecho fundamental para todas las personas. Nuestra Carta Magna, así como los instrumentos internacionales en la materia, tutelan el derecho al trabajo para todo mexicano y/o toda persona en el territorio nacional en cualquiera de sus dos ámbitos, privado y público. Sin embargo, en la actualidad existen muy pocas investigaciones acerca de la situación laboral y por tanto sobre los agravios que recaen en los trabajadores de confianza al servicio del Estado, pues es un hecho que los trabajadores estipulados en el apartado A del artículo 123 constitucional han tenido mayor relevancia en nuestros sistemas jurídicos, pues los trabajadores del sector privado han tenido mayor protagonismo en la historia de México, al ser uno de los sectores que participaron de la Revolución mexicana. Por lo anterior, es oportuno dar claridad respecto a la situación desfavorable de los trabajadores de confianza del servicio público, pues las leyes laborales que contemplan a dichos trabajadores no han sido armonizadas con los estándares internacionales en la materia, considerando que México es parte de la Organización Internacional del Trabajo y que sus convenios forman parte hoy del sistema jurídico, y mas aún tomando en cuenta la reforma constitucional de 2011.
Abstract
Labor is now considered a fundamental right. Our Constitution and other international legal instruments on the subject encompass the right to work for all Mexicans and/or all person in our national territory. However, there are few research about the grievances against workers at the service of the State, because it is a fact that workers as stipulated in article 123 constitutional, part A, have had more relevance in our legal systems, under which private sector workers have participated through the history of Mexico as one of the sectors that led the Mexican re volution. For that reason, it is appropriate to address that the fundamental rights of workers in the public service are often not respected, because labor laws providing bureaucrats workers have not been harmonized with international standards, despite the fact that Mexico is part of the International Labour Organization and it has signed several international treaties that are been incorporated into its legal system.
Palabras clave
Servidores públicos, derechos laborales, reforma constitucional de derechos huma nos, trabajadores de confianza, trabajadores al servicio del Estado.
Keywords
Federal law for State service workers, labour rights, public laboriers, international agreement, bureaucratic law, workers employed by the State, constitutional reform human rights.
Editor
Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal
Colaborador
Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal
Fecha
Diciembre de 2016
Tipo
Artículo de investigación
Formato
PDF (Formato de Documento Portátil)
Identificación
ISSN 2007-2740
Fuente
https://revistametodhos.cdhcm.org.mx/
Lengua
spa, es
Relación/Referencia
Cobertura
MX
Derechos
https://revistametodhos.cdhcm.org.mx/index.php/informacion-legal