¿Son las personas jurídicas titulares de derechos humanos?: observaciones ante la solicitud de Opinión Consultiva presentada por el Estado de Panamá / Are juridical persons human rights-holders?: Comments on the request for an Advisory Opinion submitted by the State of Panama
Miguel Ángel Abdiel Barboza López
Número 8 (enero-junio de 2015) | Descargar artículo en PDF | Ver artículo en formato HTML
Recibido: 27 de febrero de 2015.
Dictaminado: 22 de junio de 2015.
Resumen
Un tema trascendental se presenta una vez más en el sistema interamericano de derechos humanos con la solicitud de Opinión Consultiva presentada por el Estado de Panamá el pasado 28 de abril de 2014, donde se busca un pronunciamiento formal interpretativo por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la titularidad o no de los derechos humanos de las personas jurídicas en relación con determinados derechos contenidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
El presente artículo tiene como objetivo determinar que las personas jurídicas no son titulares de derechos humanos, salvo bajo determinados supuestos en donde la persona humana o su colectivo integrante esté privado de algún derecho fundamental establecido en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En este sentido, se busca brindar las directrices y sentar aquellas bases doctrinarias y jurisprudenciales que colaboren con dicha determinación requerida por el Estado de Panamá, estableciendo lineamientos clave como la concepción real de persona jurídica, análisis de derechos, y la identificación de tres elementos fundamentales en el marco jurídico al hablar de personas jurídicas: a) la razón de ser de la persona jurídica: de sustrato personalista o patrimonial; b) la identificación de los receptores de vulneraciones a los derechos humanos, y c) las formas especiales de agrupaciones: fundaciones, asociaciones y comités, entre otras.
Abstract
An trascendental issue is presented once again in the Inter-American System on Human Rights with the request of Advisory Opinion submitted in April 28th, 2014 by Panama, which seeks an formal interpretative by the Inter-American Court on Human Rights about the ownership in human rights or not of legal entities relative to certain rights of the American Convention on Human Rights.
This article aims to determine which legal persons are not human rights holders, except in specific circumstances where the individual or collective private integral east of certain fundamental rights established in the American Convention on Human Rights. In this sense, it seeks to provide guidelines and lay those doctrinal and jurisprudential foundations to collaborate with such determination required by the State of Panama, establishing key guideline as actual conception of legal person, picture analysis and the identification of three key elements in the legal framework to discuss legal entities: a) the rationale of the legal entity: asset personalistic or substrate; b) identification of receptors for human rights violations, and c) special forms of groupings: foundations, associations and committees, among others.
Palabras clave
Persona jurídica, derechos humanos, razón de ser, titularidad, consulta.
Keywords
Legal entities, human rights, raison d’être, ownership, Advisory Opinion.
Editor
Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal
Colaborador
Foreign Affairs Institute de Colombia
Fecha
Junio de 2015
Tipo
Artículo de investigación
Formato
PDF (Formato de Documento Portátil)
Identificación
ISSN 2007-2740
Fuente
https://revistametodhos.cdhcm.org.mx/index.php/numero-8
Lengua
spa, es
Relación/Referencia
Cobertura
Ciudad de México/comisión de derechos humanos del distrito federal
Derechos
https://revistametodhos.cdhcm.org.mx/index.php/informacion-legal